domingo, julio 08, 2012

Primera ley de la amistad

Sanciónese, pues, ésta, como primera ley de la amistad, que pidamos a los amigos cosas honestas, que hagamos cosas honestas en servicio de los amigos, que no esperemos a que nos rueguen, que siempre esté presente el deseo de ayudar, que no obremos con tardanza y que nos atrevamos libremente a dar consejo. Valga mucho en la amistad la autoridad de los amigos que aconsejan bien, y que ella se emplee no sólo para amonestar de un modo franco sino con acritud, si el asunto lo exige, y que se obedezca a la autoridad de la amistad.

Cicerón, De la amistad,  XII, 44.

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